Grupo
Municipal Cambiemos Alcantarilla-Podemos
De
acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de Entidades Locales, el Grupo
Municipal Cambiemos Alcantarilla-Podemos del Ayuntamiento de
Alcantarilla desea someter a la consideración del Pleno la siguiente
Propuesta.
TEMA
DE PROPUESTA:
Propuesta
de apoyo a las Comunidades de Propietarios ante los impagos de la
Banca.
Exposición
de motivos:
La
banca y los promotores inmobiliarios acumulan el 53% de las cuotas
pendientes de pago en las comunidades de vecinos, según los datos
del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas. La
morosidad en las comunidades se ha disparado durante los últimos
cinco años: ha crecido un 60% desde 2010 y ya alcanza los 1.606
millones de euros, equivalente al 16% del presupuesto anual de las
comunidades.
Dado
que el derecho de propiedad implica para el propietario la capacidad
de ejercer determinados derechos y la obligación de cumplir con
diferentes obligaciones, y que la principal obligación de los
propietarios en un edificio sometido al Régimen de Propiedad
Horizontal, es hacer frente a los gastos que le correspondan
repartidos entre todos los propietarios arreglo a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Dado
que el cumplimiento de esta obligación dota a la Comunidad de
Propietarios de los fondos e instrumentos necesarios para que los
diferentes elementos y servicios comunes funcionen adecuadamente y de
esta manera las comunidades de vecinos puedan ejercer sus derechos,
el principal de los cuales es poder disfrutar de tales servicios y
elementos comunes.
Dado
que, últimamente son muchas las entidades financieras que no están
cumpliendo con esta obligación respecto de las fincas de las que son
titulares, sea cual sea el Título mediante el cual hayan accedido a
la condición de propietarios. Esta falta de pago de las cuotas
(tanto ordinarias como extraordinarias) está prolongando en muchos
casos durante meses e incluso años.
Dado
que además del efecto negativo que se está produciendo sobre las
maltrechas finanzas de un gran número de edificios, se está
generando un enorme malestar entre el conjunto de los propietarios.
Grupo Municipal Cambiemos Alcantarilla-Podemos
Dado que las comunidades, en numerosas ocasiones,
han visto desahuciar de estas viviendas, precisamente por falta de
pago, a sus vecinos de toda la vida, a instancias de unas entidades
que, además de recibir grandes cantidades de dinero público para
resolver sus problemas, se han convertido en un problema para las
comunidades, al no cumplir con sus obligaciones.
1.
Instamos al Gobierno Municipal para que a su vez este inste a los
bancos al pago de los gastos de comunidad de las viviendas que se han
quedado después de una ejecución hipotecaria, en aplicación de la
Ley 49/1960, de propiedad horizontal.
2.
Para poder operar con el Ayuntamiento, las entidades bancarias
deberán presentar anualmente una declaración responsable de estar
al día de los pagos a las comunidades de vecinos.
3.
Ofrecer desde el ayuntamiento la mediación y asesoramiento a las
comunidades de vecinos afectadas.
4.
Dar traslado de estos acuerdos a los grupos parlamentarios de la
Comunidad Autónoma de Murcia, a las Asociaciones de vecinos, y a la
dirección de las entidades bancarias que dispongan de oficinas en
este término municipal.
5.
Que se informe del presente ACUERDO y PUBLIQUE en los medios de
comunicación municipales. (Radio, Prensa, Redes Sociales
Municipales, etc)
Alcantarilla
16 de Octubre de 2015
Arcadio
Martínez Corrales
Portavoz
del Grupo Municipal
Cambiemos
Alcantarilla-Podemos
Se ha abierto un hilo en relación a este tema en Facebook: https://www.facebook.com/groups/alcantarillaenmovimiento/permalink/440460862822077/
ResponderEliminarEl comentario que he encontrado con mayores posibilidades: "Es más fácil de lo que parece, la ley exige que los propietarios paguen la comunidad, si en este caso los bancos como propietarios no pagan, denuncia del administrador del administrador de la comunidad, tribunal de arbitraje, careo y embargo automático de bienes para proceder a los pagos si el juez lo estima y la posibilidad de el banco de recurrir si cree que por algún motivo no tiene que pagarla. Al estilo de los juicios rápidos del maltrato".
Apreciable amigo Arcadio, temado un artículo sobre este tema por si tuvieras algunas dudas o te pusieran pegas la oposición a tu propuesta espero que te sirva… Como principal novedad en materia de reclamación de cuotas comunitarias, en fecha 28 de Junio se publicó la Ley 8/2013 de 26 de Junio de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas que modifica notablemente el Art. 9e) de la Ley de Propiedad Horizontal ya que anteriormente únicamente se podía reclamar el año en curso y el anterior, y sin embargo ahora se amplía el plazo de reclamación a los tres años más el ejercicio en curso. Esta modificación es claramente beneficiosa para las comunidades de propietarios, ya que verán como el nuevo propietario deberá asumir la deuda de los tres ejercicios anteriores y no el del año anterior como ocurría hasta ahora.
ResponderEliminarLa principal problemática radica en que las entidades bancarias, entendemos que de forma intencionada, obvian que al adjudicarse una vivienda, también asumen el pago de las cuotas comunitarias pendientes como máximo en los tres ejercicios anteriores y el actual. Dicha actitud obliga a la comunidad de propietarios a iniciar las acciones judiciales correspondientes para cobrar su deuda frente a la entidad bancaria, y tener que asumir unos gastos judiciales a cargo del presupuesto comunitario.
Por último, cabe indicar que ante la difícil situación económica actual en que la gran mayoría de familias tienen evidentes dificultades para abonar la hipoteca y las cuotas comunitarias, no es de recibo que las entidades bancarias se desentiendan de sus obligaciones con la comunidad de propietarios.